En el anterior artículo, hablábamos de las consecuencias de no cumplir la EUDR, pero en la industria del café aún no está claro… ¿de quién es la responsabilidad?
La respuesta ha dejado de ser un debate teórico. La nueva normativa europea sobre delitos ambientales tipifica explícitamente el manejo de bienes vinculados a la deforestación, trasladando el impacto legal directamente a la persona física que firma la documentación, y no solo al logotipo de la empresa.
La Directiva 2024/1203, sin rodeos
La Directiva (UE) 2024/1203 sobre protección del medio ambiente mediante el Derecho penal entró en vigor el 20 de mayo de 2024. Su objetivo principal ha sido actualizar un marco legal, ampliando el catálogo de delitos ambientales en Europa de 9 a 20.
Entre esos nuevos delitos no hay lugar para la interpretación. El artículo 3, apartado 2, letra p) tipifica literalmente como delito comercializar o exportar materias primas incumpliendo la prohibición del artículo 3 del Reglamento (UE) 2023/1115 (la EUDR).
Es decir, que poner café en el mercado europeo que provenga de parcelas deforestadas es, legalmente, un delito tipificado.
(Nota: la norma excluye los casos que afectan a una «cantidad desdeñable», pero a nivel logístico comercial, un lote o un contenedor difícilmente entrarán en esa categoría).
La trampa de la "negligencia grave" (No hace falta mala fe)
Aquí está el matiz que cambia por completo las reglas del juego para cualquier tostador honesto o importador de café que compra directo en origen.
No hace falta que tu intención fuera saltarte la ley. El artículo 3, apartado 4 de la Directiva extiende la tipificación del delito a conductas cometidas con al menos negligencia grave. Basta con no haber puesto el cuidado y rigor que se le presupone a un operador profesional.
Traducido a tu día a día:
Si aceptas coordenadas GPS que no verificas.
Si das por buena la palabra de tu exportador sin un documento sólido que la respalde.
Si firmas la Declaración de Diligencia Debida (DDS) en el sistema TRACES NT sin comprobar exhaustivamente lo que estás afirmando.
Todo eso puede encajar jurídicamente en la negligencia grave.
Las penas reales
1. Para la empresa (Persona Jurídica)
El artículo 7 fija multas de al menos el 5% de la facturación mundial total de la empresa, o 40 millones de euros (según lo que cada Estado decida al transponer).
2. Para quien firma (Persona Física)
El artículo 5 fija una pena máxima de al menos cinco años de prisión para este delito. Si la conducta causa un daño generalizado, sustancial e irreversible a un ecosistema (delito cualificado), la pena asciende a al menos ocho años.
Además, el artículo 6.3 establece que la responsabilidad de la empresa no frena el proceso penal contra las personas físicas, incluyendo expresamente a los miembros del consejo de administración.
Dos agravantes que deberías vigilar
El artículo 8 enumera las circunstancias que agravan el delito. Dos de ellas apuntan directamente a la línea de flotación de las operaciones de café:
Usar documentos falsos o falsificados (letra c): Si el soporte documental de tu declaración no es real, agrava el delito penal.
Ahorrar costes (letra f): Que la infracción evitara gastos sustanciales es una agravante. El coste de documentar la trazabilidad de forma rigurosa en origen es alto; evitar ese gasto por la vía rápida se considera ahora un agravante literal.
El mapa de aplicación
El plazo para que los 27 Estados miembros integraran esta Directiva en su legislación nacional venció el 21 de mayo de 2026. Sin embargo, la realidad territorial es asimétrica y tiene excepciones críticas:
La excepción de Irlanda y Dinamarca: Según los Considerandos 69 y 70, estos dos países no están vinculados por esta Directiva penal. Si trabajas con tostadores o importadores irlandeses, debes saber que siguen sujetos a las fuertes sanciones administrativas de la EUDR (el famoso 4%), pero esta capa penal no se les aplica.
El resto de Europa: La adopción avanza a distintas velocidades. Bélgica ya reconocía los daños duraderos causados a los ecosistemas por la acción humana; Alemania e Italia tienen sus transposiciones muy avanzadas. Sin embargo, análisis independientes (como los de WWF) señalan que todavía existen vacíos legales en muchos Estados miembros.
(Te recomendamos verificar el estado exacto de la transposición en España o en tu país de residencia fiscal con tu equipo legal).
En A Coffee & A Story el riesgo no nos sorprende
Durante años, cumplir la normativa en la industria del café se trató como un ejercicio de relaciones públicas y mercadeo: comprar un sello, auditar por encima y marcar una casilla.
La Directiva de delitos ambientales, leída junto a la EUDR, viene a darnos la razón en algo que llevamos defendiendo desde el primer día: los datos que documentas no son marketing, son la base de una declaración legal con consecuencias reales. Un sello no es una prueba; un documento georreferenciado, sí lo es.
El riesgo se ha elevado. Si vas a poner tu firma y tu responsabilidad personal en una Declaración de Diligencia Debida, asegúrate de que el documento aguante el escrutinio que tú mismo le exigirías antes de que lo haga un tribunal.
¿Sabes exactamente de qué parcela viene el café de tu próximo contenedor y tienes los datos para probarlo sin fisuras? Si la respuesta te genera dudas, ese es tu punto de partida crítico para esta temporada.
Fuentes citadas
- Directiva (UE) 2024/1203, texto consolidado — https://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2024/1203/oj/eng
- Catálogo de 20 delitos, incluyendo bienes vinculados a deforestación — resumen EUR-Lex: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/LSU/?uri=oj:L_202401203 y ScienceDirect: https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S1617138125002705
- Plazo de transposición 21 mayo 2026 y estado incompleto/no centralizado — Eurojust: https://www.eurojust.europa.eu/publication/note-directive-eu-20241203-protection-environment-through-criminal-law y Crowell & Moring: https://www.crowell.com/en/insights/client-alerts/ceos-and-leaders-of-companies-is-the-new-eu-environmental-crime-directive-at-the-top-of-your-priority-list-if-not-it-probably-should-be
- Bélgica pionera en tipificar ecocidio y estado por país (Alemania, Italia, Escocia) — UCLA Promise Institute Europe: https://www.promiseeurope.law.ucla.edu/news/eu-environmental-crime-directive-deadline-which-states-are-readynbsp
- Vacíos legales en 10 Estados miembros analizados — WWF: https://www.wwf.eu/?20826841%2FEnvironmental-Crime-Directive-closing-legal-gaps=
- Penas: hasta 10 años prisión personas físicas, 5% facturación mundial o 40M€ empresas (delitos más graves) — Legance: https://www.legance.com/le-principali-novita-del-2024-in-materia-ambientale/
Trazabilidad que puedes verificar de verdad.
Ayudamos a tostadores europeos a cumplir la EUDR con datos reales de origen, documentados directamente con la cooperativa, sin perseguir a exportadores que no responden.